La Corte concedió el amparo el amparo de los derechos fundamentales al debido proceso, igualdad, seguridad social, vida digna y al mínimo vital, de cuatro ciudadanos y a la indexación de la primera mesada pensional. Lo anterior, debido a que la entidad suspendió los efectos de una resolución proferida por Fonculpuertos, mediante la cual se les reconoció tal indexación.