El MinMinas, a través de la publicación de un concepto, determinó los actos administrativos que adoptaron los protocolos de bioseguridad para adelantar actividades del sector minero, sin embargo, aclara que, la realización de tales actividades, de conformidad con lo dispuesto en el parágrafo 5° ibídem, se sujeta al cumplimiento de las medidas y protocolos adoptados para la prevención de la exposición y el contagio del Coronavirus COVID-19