y los humedales designados dentro de la lista de importancia internacional de la Convención RAMSAR.
De acuerdo con el concepto publicado por el MinMinas, existen las zonas excluibles de la minería, siendo aquellas áreas en las que la ley expresamente determina que no se podrán ejecutar trabajos y obras de exploración y explotación minera, como son las áreas que integran el sistema de parques nacionales naturales, parques naturales de carácter regional, zonas de reserva forestal protectora, zonas de protección y desarrollo de los recursos naturales o del ambiente, ecosistemas de páramo
y los humedales designados dentro de la lista de importancia internacional de la Convención RAMSAR.