El acto administrativo exceptúa hasta el 31 de agosto de 2021, a la gasolina motor importada de la República de Panamá, autorizada a través de la Resolución 40275 de 2021, del cumplimiento del parámetro de calidad denominado RVP contenido en la Tabla 2A "Requisitos de calidad de las gasolinas básicas", del artículo 3 de la Resolución 40103 de 2021.