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En el orden del día de la Corte, se prevé el estudio de la demanda contra la norma que establece que, en los ecosistemas de páramos, pueden realizarse actividades de carácter agrícola de bajo impacto

Escrito por  Ago 26, 2021

Como sexto punto del Orden del día de hoy 25 de marzo, se tiene previsto el estudio de la demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 10 de la Ley 1930-2018, delimitación páramos referente a la Permanencia de actividades agropecuarias de bajo impacto. Para el demandante la norma resulta inconstitucional “por cuanto los ecosistemas de páramos son espacios

bióticos muy frágiles y por tanto las actividades agrícolas de cualquier intensidad, fácilmente pueden acarrear consecuencias negativas en las coberturas vegetales y cambios geomorfológicos y físico-químicos en el suelo y subsuelo, lo que deviene una vulneración de los principios del medio ambiente sano, el desarrollo sostenible y el derecho al agua”. 

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Modificado por última vez en Jueves, 26 Agosto 2021 07:46