individual de pasajeros en vehículos taxi en su jurisdicción y los demás actos administrativos dictados bajo su amparo, por no acreditarse el cumplimiento del requisito de conciliación extrajudicial, si el demandante solicita a título de medida cautelar la suspensión provisional de algunos artículos de dicho acto y la devolución de los dineros pagados para legalizar la circulación de los automotores a los que se había asignado cupo de matrícula”.