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Consejo de Estado confirmó sentencia que negó nulidad de acto de adjudicación de un contrato, porque el oferente no cumplió con las especificaciones técnicas exigidas en el pliego de condiciones

Escrito por  Ago 19, 2021

El demandante buscaba la nulidad absoluta de un contrato de obra pública celebrado entre el departamento de Boyacá y el Consorcio Víal Arcabuco y la nulidad del acto a través del cual se adjudicó la licitación pública y que, en consecuencia, se declarara que el Departamento de Boyacá había debido adjudicar la licitación pública al demandante, por ser la oferta más favorable.

La Sala señaló que, “en aplicación de lo dispuesto en el numeral 4 del artículo 30 de la Ley 80 de 1993, el pliego de condiciones de la licitación pública en cuestión estableció que los interesados podían presentar observaciones y aclaraciones sobre el contenido de los documentos de la licitación, desde su publicación y hasta el 10 de noviembre de 2005, momento en el cual, el ahora demandante debió plantear sus inquietudes sobre las especificaciones del concreto, lo cual no realizó”

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Modificado por última vez en Jueves, 19 Agosto 2021 07:55