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Consejo de Estado declaró a Cormagdalena, patrimonialmente responsable, como consecuencia de la omisión en que incurrió en las actividades de contención de aguas, situación que generó la inundación del predio ubicado en la Isla Morales

Escrito por  Ago 17, 2021

“De acuerdo con lo establecido en la Ley 161 de 1994, Cormagdalena tiene jurisdicción en el territorio de los municipios ribereños del Magdalena  y está investida de facultades para la coordinación y supervisión del ordenamiento hidrológico y manejo integral de ese afluente , tiene, entre otras funciones, la de “promover la ejecución o ejecutar directamente, o en asocio con

otros entes públicos y privados, proyectos de adecuación de tierras, avenamiento y control de inundaciones” en los territorios de su jurisdicción, como lo es la Isla de Morales , y “elaborar los estudios y programas tendientes a la configuración o complementación de un plan general de ordenamiento y manejo integral de la cuenca, que deberá ser adoptado por la Corporación para su progresiva aplicación, bajo la supervisión y coordinación de la misma”. Para la Sala, “Cormagdalena tenía el deber de ejecutar los proyectos de avenamiento y control de inundaciones y de elaborar los programas de manejo integral del río; no obstante, para la época en que se produjo la inundación, es decir, para noviembre de 2005 la entidad no ejecutó ninguna obra eficiente para controlar y prevenir el desbordamiento del río Magdalena o, por lo menos, no lo demostró en el proceso, al margen de hubiese contratado estudios que, en definitiva, no aportaron nada de cara a la prevención de situaciones como las que motivaron la presente demanda”.

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Modificado por última vez en Jueves, 12 Agosto 2021 18:43