“Una de las pretensiones tiene como fin evitar la activación de la asistencia militar ante la amenaza del derecho a la protesta social. No obstante, durante el trámite de esta acción de tutela, el presidente de la República, mediante el Decreto 575 del 28 de mayo de 2021, dio inicio a la asistencia militar prevista en el artículo 170 de Ley 1801 de 2016, que era
justamente lo que pretendían evitar los aquí demandantes”. “Para la Sala, las órdenes dadas en el Decreto 575 de 2021 ponen en situación de amenaza el derecho a la protesta social, en la medida en que la presencia e intervención militar puede terminar en la disolución indirecta de la marcha o en que los manifestantes sientan reprimida la libertad de expresión”.
Descargar documento