La Sala precisó es que, “a pesar de que el actor invocó vulnerado el derecho fundamental de petición, en el presente caso, por tratarse de una actuación al interior de un proceso judicial, como lo es la expedición de copias de las sentencias proferidas al interior del trámite judicial, el análisis de la presunta vulneración invocada debe ser estudiada a partir del análisis de los derechos fundamentales al debido proceso y de acceso a la administración de justicia”.