El Proyecto de Ley No. 082 de 2020 de Cámara, “Por medio de la cual se ordena la delimitación de zonas de transición bosque alto andino-paramo en el territorio nacional y se dictan otras disposiciones.”, fue previamente aprobado y respaldado por la Administración, por lo que es JURÍDICAMENTE VIABLE. La SDA recomienda que, en las zonas de transición,
con posterioridad a la delimitación que realice el Ministerio de Ambiente y Desarrollo sostenible se tengan en cuenta los planes, programas y proyectos de reconversión o sustitución de las actividades prohibidas que queden dentro del interior de las zonas de transición y que estos sean concertados con la comunidad, como lo establece la Ley 1930 de 2018.
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