Acceso   

Ingrese a su cuenta

Usuario *
Clave *
Recordarme
×

Advertencia

JUser: :_load: No se ha podido cargar al usuario con 'ID': 45

Secretaría Distrital de Planeación aclaró dudas sobre las obligaciones de los propietarios de los bienes privados a los que se les asigne el uso exclusivo de un determinado bien común

Escrito por  Jul 23, 2021

“Los propietarios de los bienes privados a los que asigne el uso exclusivo de un determinado bien común están obligados a: No efectuar alteraciones ni realizar construcciones sobre o bajo el bien; No cambiar su destinación; hacerse cargo de las reparaciones a que haya lugar; y pagar las compensaciones económicas por el uso exclusivo, según lo aprobado en la asamblea general.”

En consecuencia, corresponde a la copropiedad establecer el alcance de las obras a realizar y determinar si puede ser autorizada por la asamblea de propietarios en el marco de lo establecido en el respectivo reglamento y los planos, o si requiere de la modificación de los planos de la copropiedad y en consecuencia de la modificación del licenciamiento en que se sustenta.

Descargar documento