La SSPD reitera que, la competencia de la entidad, se desarrolla única y exclusivamente sobre los prestadores de servicios públicos domiciliarios, específicamente en cuanto a la ejecución de las actividades propias de la prestación del servicio, o aquellas complementarias al mismo. En consecuencia, no está facultada para determinar las personas obligadas a la publicación y divulgación de la declaración de bienes y rentas, del registro de conflictos de interés y la declaración del impuesto sobre la renta y complementarios.
La iniciativa busca gravar las utilidades no reinvertidas por parte de las empresas de hidrocarburos y que además giren estos recursos al exterior. “Colocar un gravamen del 1% sobre estos recursos permitiría financiar la educación, la ciencia y la tecnología lo que a su vez generaría unos efectos positivos sobre el desarrollo del país.
El ministerio de Salud emitió concepto en relación con el proyecto de ley N°053-2020S, por el cual se establece la protección de los derechos a la salud y al goce de un ambiente sano generando medidas tendientes a la reducción de emisiones vehiculares contaminantes provenientes de la gasolina y se dictan otras disposiciones.
El número de subsidios distritales complementarios para el programa Mi Casa Ya, a ser aplicados a Bogotá por cada segmento de población, tiene la siguiente distribución: para hogares con rango de ingresos de hasta dos (2) salarios mínimos mensuales legales vigentes SMMLV, un total dos mil trescientos catorce (2,314) subsidios distritales complementarios, entre otros, definidos en el Acto administrativo emitido por la Secretaría del Hábitad.
La Secretaría del Hábitad, autorizó la transferencia de recursos a la Dirección Distrital de Tesorería para la asignación de aportes transitorios de arrendamiento solidario a hogares Vulnerables que viven en arriendo y que se encuentran afectados por causa del aislamiento preventivo obligatorio surgida por la emergencia sanitaria del COVID-19 y se dictan otras disposiciones.
A través del acto administrativo se autoriza término la prórroga de la toma de posesión de los bienes, haberes y negocios y la intervención forzosa administrativa para administrar el HOSPITAL SAN ANDRÉS E.S.E, ubicada en el municipio de Tumaco, del departamento de Nariño, hasta por el término de un (1) año, contado a partir del 23 de septiembre de 2020 hasta el 22 de septiembre de 2021. La Superintendencia Nacional de Salud podrá disponer el levantamiento o la modificación de la medida de intervención antes del vencimiento de la presente prórroga.
Con independencia del número de prestadores del servicio de energía eléctrica en el mercado atendido por la Electrificadora del Caribe S.A. E.S.P a la fecha de expedición de la Ley 1955 de 2019, los cargos de comercialización aplicables a cada uno de los prestadores serán los correspondientes a los del mercado existente a la fecha de expedición de dicha ley,
El proyecto de resolución presentado por el MinSalud tiene por objeto establecer medidas que optimicen trámites que se surten ante el Fondo Nacional de Estupefacientes y los Fondos Rotatorios de Estupefacientes, para que mientras persista la emergencia sanitaria causada por el Covid 19, los productos sujetos a control y fiscalización, así como los medicamentos de control especial y de monopolio del Estado, puedan ser importados, fabricados, transformados, distribuidos y dispensados, minimizando el riesgo de desabastecimiento, garantizando su disponibilidad y acceso seguro.
A estudios, proyecto del MinSalud que buscaría actualizar la conformación y operación del Comité Asesor de la Telesalud, como organismo asesor del Ministerio de Salud y Protección Social, para el desarrollo de los programas de la telesalud en el país.
A través del acto administrativo se establece que las sociedades comisionistas de bolsa de valores deberán conformar y mantener un único fondo de garantías, el cual tendrá como objeto responder a los clientes de dichas sociedades, incluidos los fondos de inversión colectiva que administran, por el cumplimiento de las obligaciones de entrega o restitución de valores o de dinero que las mismas hayan contraído en desarrollo del contrato de comisión, la administración de fondos de inversión colectiva, la administración de valores y la administración de portafolios de terceros.