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Martes, 28 Abril 2026

Edición 1632 Bogotá, D.C.

ISSN 2711-1636

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Para la Sala, la Resolución 919-2020, expedida por el ICETEX, “lo que busca es dar cumplimiento a lo establecido en el Decreto Legislativo 467 de 2020 y en el Decreto 662 de 2020 e incorporar al presupuesto de la entidad, específicamente, al Fondo Solidario para la Educación, los recursos susceptibles de pertenecer a ese fondo, con el fin de continuar con la ejecución del Plan de  Auxilios Educativos creados por el Decreto 467 de 2020,

Con ponencia del magistrado Guillermo Sánchez Luque, la Sala Especial de Decisión del Consejo de estado declaró ajustada al ordenamiento superior la Resolución 20201000010485-2020, expedida por la SSPD, “en relación con el examen formal y material realizado en este control inmediato de legalidad”.

El Consejo de Estado, aplicación de los artículos 207 de la Ley 1437 de 2011 y 136 y 137 del Código General del Proceso, ordenó poner en conocimiento del Consejo Nacional Electoral, como autoridad que representa a la que expidió el acto, para que, si es del caso, defienda la legalidad de quienes actuaron en representación de la Organización Electoral concretamente, en la etapa del escrutinio.

El acto demandado corresponde al Acuerdo 032 del 29 de octubre del año 2019 por medio del cual el Consejo Directivo de la Corporación Autónoma Regional de la Frontera Nororiental (CORPONOR) eligió al señor Rafael Navi Gregorio Angarita Lamk como Director General, para el período 2020-2023. Para la Sala, no hubo falsedad o cómputo irregular de votos en los términos planteados

De acuerdo con el presente concepto el gobierno debe definir las condiciones para la aplicación de las reglas recientemente expedidas, que permitan llevar a cabo las convocatorias limitadas a Mipymes, lo cual demuestra la voluntad legislativa de establecer la necesidad de una nueva reglamentación de dicha materia.

Las entidades estatales obligadas a adelantar sus procesos de selección con base en los documentos tipo deben respetar la regla de la inalterabilidad prevista en el artículo 1 de la Ley 2022 de 2020 y en las diversas resoluciones expedidas por la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente para implementar dichos documentos.

A través del presente concepto, Colombia Compra eficiente reiteró que, “los requisitos habilitantes o de participación, así como los criterios de evaluación o de calificación con puntos, son instrumentos por medio de los cuales se pretende la materialización del principio de selección objetiva en la contratación pública. Sin embargo, en algunas ocasiones, así se establezcan requisitos habilitantes y factores de calificación óptimos,

De acuerdo con el concepto de la SSPD, el mínimo vital en agua potable no implica la gratuidad del recurso, pues se mantiene el principio de onerosidad en la prestación de los servicios, por lo que usuario no está exonerado del pago del consumo. El concepto concluye que “que el mínimo vital en materia de agua potable concierne a la disponibilidad y accesibilidad al recurso hídrico en cantidades mínimas suficientes

Las únicas certificaciones que puede expedirla SSPD, son aquellas que se requieran, por solicitud de la Nación, en relación con la correcta aplicación de los decretos municipales al cobro de las tarifas; y aquellas con destino a la Dirección de Impuesto y Aduanas Nacionales (DIAN), en relación con el valor aceptado del cálculo actuarial de los prestadores de servicios públicos.

De acuerdo con el concepto, la SSPD no puede referirse a la validez legal de los mecanismos o medios de prueba utilizados por un prestador durante las visitas técnicas a los usuarios, así como tampoco puede emitir respuestas con carácter obligatorio para su destinatario que creen, modifiquen o extingan situaciones jurídicas particulares y concretas.