Las entidades estatales obligadas a adelantar sus procesos de selección con base en los documentos tipo deben respetar la regla de la inalterabilidad prevista en el artículo 1 de la Ley 2022 de 2020 y en las diversas resoluciones expedidas por la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente para implementar dichos documentos.
Las entidades estatales deben incluir en sus pliegos de condiciones particulares los factores de desempate previstos en el mencionado artículo 35, porque desde que esta norma inició su vigencia se incorporó de pleno derecho a los documentos tipo, en la medida en que produjo.
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