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Domingo, 14 Junio 2026

Edición 1655 Bogotá, D.C.

ISSN 2711-1636

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“En el evento de que las acciones del socio fallecido, se encuentren debidamente representadas por un representante designado dentro del trámite del proceso de sucesión, la persona que las represente esta legítimamente habilitada para ser convocada a las reuniones del máximo órgano social, así como para deliberar y decidir en torno

De acuerdo con el concepto publicado por SuperSociedades, en lo atinente a la designación y fijación de la asignación del representante legal de una sociedad le atañe directamente al órgano societario que estatutariamente, o por ley, deba atender tal tarea y, en silencio del contrato social, lo hará el máximo órgano social, situación que, en todo caso,

La SuperSociedades advierte que, una garantía mobiliaria se constituye mediante contrato que tiene el carácter de principal, entre el garante y el acreedor garantizado, sobre los bienes de que trata el artículo 3º de la Ley 1676 de 2013, con el fin de garantizar una o varias obligaciones propias o ajenas, sean de dar, hacer o no hacer, presentes o futuras sin importar

De acuerdo con la doctrina publicada por SuperSociedades, frente a la existencia de situaciones de conflictos de intereses o actos de competencia con la sociedad, de acuerdo con el numeral 7 del artículo 23 de la Ley 222 de 1995, el administrador que pretenda ejecutar tales actividades deberá obtener autorización previa de la Junta

Solicitudes particulares de elevadas a SuperSociedades deberán redirigirse al Grupo de Conglomerados de la entidad para que éste, a través de una investigación administrativa, adelante las averiguaciones, analice los hechos a la luz de las normas del régimen societario, y defina si encuentra méritos para surtir un procedimiento sancionatorio al interior del cual,