La SSPD precisó aspectos sobre el traslado de medidores de gas, respondiendo a la preocupación de un usuario por los cobros y opciones de financiación. La entidad aclara que la reubicación de un medidor se considera una "nueva conexión", implicando el pago de un nuevo cargo por conexión. Este costo incluye materiales, mano de obra y gastos administrativos, y debe ajustarse a fórmulas tarifarias establecidas por la CREG, sin arbitrariedades del prestador. Respecto a la financiación, la Superservicios enfatiza que, a diferencia de las conexiones iniciales para estratos 1, 2 y 3 (con plazos obligatorios de mínimo tres años), los traslados o modificaciones no obligan al prestador a ofrecer financiación. En estos casos, la empresa es libre de establecer las condiciones crediticias, y tampoco aplican subsidios. La decisión sobre la reutilización de materiales existentes recae exclusivamente en el prestador, basado en criterios técnicos y de seguridad.