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Viernes, 09 Octubre 2026

Edición 1740 Bogotá, D.C.

ISSN 2711-1636

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El Consejo de Estado no avoca del control inmediato de legalidad de la Circular 20204010101891 del 27 de marzo de 2020 que trata los lineamientos para aplicar la suspensión de términos en las actuaciones administrativas y contractuales que se adelantan en la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI).

El objetivo del decreto es establecer las etapas y condiciones para el desarrollo de la renta vitalicia inmobiliaria a cargo de las compañías aseguradoras de vida. Estas entidades podrán ofrecer la renta vitalicia inmobiliaria, en los términos y condiciones contenidos en las normas aplicables,

La Entidad autoriza al IDU para llevar a cabo tala de los individuos arbóreos de las especies: Acca sellowiana, Ficus carica, Tecoma stans, que fueron consideradas técnicamente viables y que se encuentran ubicados en espacio privado y otrosa en espacio público y que hacen parte del inventario forestal de los contratos de concesión para construcción de avenidas en la ciudad de Bogotá.

A través del proyecto de resolución se busca establecer que, los prestadores de servicios turísticos podrán certificarse través de la plataforma de certificación virtual de calidad turística, en las Normas Técnicas Sectoriales que establezca el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.

El Consejo de Estado revoca el numeral SEGUNDO de la sentencia proferida el 17 de octubre de 2013 por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca en contra del acto administrativo que aprobó proyecto urbanístico denominado Hacienda El Bosque y niega las pretensiones de la demanda frente al caso de silencio administrativo.