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Sábado, 18 Mayo 2024

Edición 1165 Bogotá, D.C.

ISSN 2711-1636

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En su repaso normativo, la Sala precisa que a nivel municipal los artículos 364 y 496 del Acuerdo 030 del 26 de diciembre de 2012 regularon dicha declaración y la correspondiente sanción por no presentarla. 3.2. El artículo 48 de la citada norma local, en concordancia con el artículo 32 de la Ley 14 de 1983, grava con ICA a quienes realicen actividades comerciales, industriales y de servicios realizadas en el Municipio de Aguazul.

De acuerdo con el concepto publicado por la CREG, para la actividad de generación de energía eléctrica, no se prohíbe que la actividad de distribución y comercialización de GLP se desarrollen en conjunto con la actividad de generación de energía eléctrica en el Sistema Interconectado Nacional, SIN.

En cuanto a la legalidad de la Resolución 40266-2017, expedida por MinEnergía, la cual fue derogada por la Resolución 40884-2019 , la sala encuentra que no viola el artículo 2.2.1.1.2.2.6.9 del Decreto 1073 de 2015, Único Reglamentario de de Minas y Energía, porque no desconoce la capacidad óptima de almacenamiento de las estaciones de servicio, ni

De acuerdo con el concepto publicado por la CREG, el precio del servicio y las condiciones de pago hacen parte de las condiciones mínimas que debe contener el contrato que se celebre.

En el presente asunto, las sociedades ECOPETROL S.A. y EQUION, presentaron demanda de control de nulidad con la finalidad de controvertir la legalidad de los literales a), c) y d) del numeral 6 del artículo décimo tercero y los numerales 2 y 4 del artículo décimo