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Viernes, 03 Mayo 2024

Edición 1159 Bogotá, D.C.

ISSN 2711-1636

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La Sala consideró que la empresa vulneró el régimen de los servicios públicos, en específico, la Resolución 023 de 2008 de la CREG, que fijó las condiciones bajo las cuales las empresas operarían y prestarían el servicio público durante el período de transición, en sus artículos 6 y 16 por la tenencia y transporte de un (1) cilindro de la empresa Colgas de Occidente S.A. ESP.

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