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Martes, 14 Mayo 2024

Edición 1162 Bogotá, D.C.

ISSN 2711-1636

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La resolución modifica la Declaración de Producción de Gas Natural efectuada en virtud de la Resolución 00014 de 2021, “en el sentido de actualizar la información correspondiente a la Declaración de Producción de Gas Natural para el período 2021-2030, certificada por los Productores y Productores – Comercializadores de gas natural, analizada, ajustada y

El ministerio de Minas comunica la presente resolución a los comercializadores, comercializadores productores y los transportadores de gas natural. Esta Cartera, con el fin de asegurar el suministro para la atención de la demanda esencial de gas natural en el país, declara el inicio de un racionamiento programado de gas natural, por razón del mantenimiento de la planta de

A través de la presente resolución se modifican los artículos 8, 17 y 38 de la resolución CREG 185 de 2020, en lo referente a Compradores de capacidad de transporte en el mercado primario, servicios de transporte que exceden la capacidad Contratada y servicio de parque, puede conocer los detalles consultando el documento publicado por la entidad.

En los contratos de servicios públicos domiciliarios, los cuales son los utilizados en la comercialización minorista, no se encuentra estipulado regulatoriamente duraciones permisibles de suspensiones por mantenimientos programados. En el caso de que se desee que estas duraciones sean extensibles a los contratos de prestación del servicio, deberán acordarse por las partes en los respectivos contratos.

A través del presente concepto se aclara que, el Municipio del Líbano en el Departamento de Tolima, cuenta con cargos aprobados por la CREG para la distribución de gas combustible por redes de tubería mediante la Resolución CREG 011 de 2018.