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Lunes, 26 Octubre 2026

Edición 1750 Bogotá, D.C.

ISSN 2711-1636

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A través de un circular dirigida a las empresas comercializadoras de gas combustible por redes de tubería, la Dirección Ejecutiva de la Comisión da respuesta a inquietudes sobre la Resolución CREG 048 de 2020, “Por la cual se establece una Opción Tarifaria Transitoria para el Componente Variable del Costo Unitario de Prestación del Servicio Público de Gas Combustible por Redes de Tubería” publicada en Diario Oficial el 12 de abril de 2020, la cual entró en vigencia a partir del 13 de abril de 2020.

A través de una circular dirigida a las empresas prestadoras de los servicios públicos domiciliarios de energía eléctrica y gas combustible y demás partes interesadas la CREG informa que el director ejecutivo de la entidad decidió archivar el proyecto de resolución “Por la cual se toman medidas para la asignación de las cantidades de gas natural de los contratos con interrupciones para la demanda térmica.”

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La Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) seleccionó a la Bolsa Mercantil de Colombia (BMC) como gestor del mercado de gas natural mediante la Resolución CREG 135 de 2020. La BMC fue seleccionada mediante un proceso abierto y competitivo. 

A través del acto administrativo se selecciona como gestor del mercado de gas natural a la BOLSA MERCANTIL DE COLOMBIA S.A. El período de vigencia de la obligación de prestación de los servicios iniciará el día seis (6) de enero de 2021.

A través del acto administrativo la CREG mantiene en firme las disposiciones establecidas en la Resolución CREG 017 de 2020 respecto al orden de elegibilidad para la selección del gestor del mercado de gas natural, frente al recurso de reposición presentado por CONSORCIO CMX y BOLSA MERCANTIL DE COLOMBIA S.A