A través del presente concepto la SSPD reiteró que la regla general en materia de medición del consumo de un servicio público es que, cuando técnicamente sea posible, cada acometida debe contar con un dispositivo de medida individual, y que, por mandato legal, corresponde a los usuarios adquirir e instalar el medidor, el cual debe reunir las condiciones técnicas exigidas por el prestador en las condiciones uniformes del contrato de servicios públicos.
El proyecto de norma que pasó a consulta a la SIC, suprime como requisito la certificación de BPM para la obtención del registro sanitario de bebidas alcohólicas que se fabriquen, elaboren, hidraten, envasen, exporten e importen y comercialicen en el territorio nacional, dejando la certificación en BPM como voluntaria. De acuerdo con un concepto de abogacía de la competencia de la SIC, “esta medida, contribuye a la disminución de las barreras de entrada al mercado, facilitando así la incorporación de nuevos actores, lo cual puede generar una mayor diversidad de productos para los consumidores, promoviendo la competencia en aspectos como la calidad, la innovación y el precio. Por otro lado, para las empresas ya establecidas, esta modificación elimina la necesidad de incurrir en costos asociados a la obtención y renovación del certificado de BPM”.
De acuerdo con el informe del Mintransporte, “un total de 34.995.401 toneladas de carga transitaron por las vías del país durante el primer trimestre de 2024, según el balance realizado por el Ministerio de Transporte, a través del Grupo de Logística de la entidad, con información del Registro Nacional de Despachos de Carga (RNDC). Es así como los primeros tres meses del año, 2.304 empresas de transporte trasladaron mercancías en 127.543 vehículos, generando 2.902.460 manifiestos de carga. Así mismo, en este período se movilizaron más de 1.452 millones de galones (carga líquida), lo que representó un incremento de 15.3%, con respecto a la cifra del primer trimestre de 2023. Las operaciones de traslado, tanto de carga sólida como líquida, se realizaron en 2.888.581 viajes, mientras que en 2023 el número de trayectos fue de 2.563.848.”
De acuerdo con la información publicada por el MinTransporte “se realizó la firma de la Declaración de Vehículos de Cero Emisiones (ZEV), en la Cumbre 2024 del Foro Internacional de Transporte, en Leipzig (Alemania). Esto representa un apoyo importante para que Colombia continúe en el proceso de transición energética, hacia una movilidad segura sostenible y saludable. “La descarbonización del sector transporte es un tema de suma importancia para lograr la transición energética del país. En los últimos años el transporte sostenible ha sido relevante a nivel mundial, por la necesidad e interés de contribuir en la reducción de emisiones de Gases de Efecto Invernadero (GEI) y la mitigación de contaminantes atmosféricos; por lo que, uno de los puntos importantes para iniciar la transformación, es identificar las responsabilidades que tenemos”. Expresó William Fernando Camargo Triana, ministro de Transporte.”
A través de la presente Resolución se establecieron los parámetros para el desarrollo del Programa de Sustitución de Leña, Carbón y Residuos por Energéticos de Transición de Gas Combustible para la Cocción de Alimentos, así como la entrega de los subsidios de gas por red y al consumo de GLP en cilindros, prioritariamente a los beneficiarios ubicados en los municipios de los departamentos de Antioquia, Bolívar, Boyacá, Cauca, Córdoba, Huila, La Guajira, Santander y Sucre. También se podrán beneficiar del Programa los hogares ubicados en los departamentos de Amazonas, Nariño, Guainía, Guaviare, Vaupés y Vichada.
Sobre la conformación del Consejo Directivo de entidades medio ambientales, y sobe el caso particular de Cormacarena, el MinAmbiente indicó que deben regirse por lo dispuesto en la Ley 1938 de 2028, en donde se definió la nueva jurisdicción de Cormacarena, determinando que la misma "comprenderá todo el territorio del Meta, incluido el Área de Manejo Especial La Macarena incluidas de la Corporación para el Desarrollo Sostenible del Oriente Amazónico (COA)", en ese orden, cuando la Ley hace refiere a que el Consejo Directivo será conformado, entre otros, por "un representante de la asociación de colonos de la Macarena", quiere decir que, dicho representante debe estar asentado dentro del área de jurisdicción de la Corporación definida en la Ley 1938 de 2018.
Respecto a la generación del documento soporte de nómina electrónica por parte de los contribuyentes del Régimen Simple de Tributación, la DIAN precisa que la Resolución 000165 de 2023 tiene por objeto desarrollar dos documentos que hacen parte del sistema de facturación (Factura de venta y documento equivalente) y en su artículo 2 en concordancia con lo señalado en el inciso 1 del artículo 616-1 del Estatuto Tributario define el sistema de facturación y relaciona los documentos que hacen parte del mismo, es decir que la mencionada resolución en ninguno de sus apartes modifica aspectos relacionados con el documento soporte de pago de nómina electrónica regulado mediante la Resolución DIAN 000013 de 2021, por lo que los sujetos obligados a generar dicho documento son los contribuyentes del impuesto sobre la renta que cumpla con las condiciones señaladas en el artículo 4.
A través del presente Decreto se nombra con carácter ordinario a Juan Jose Pedraza Vargas, en el empleo de Jefe de Oficina de Control Interno de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios.