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La CREG aprobó el cargo de distribución por uso del sistema de distribución de Gas Licuado de Petróleo (GLP) por redes de tubería para el mercado relevante conformado por el Municipio de Piamonte en el Departamento del Cauca, según solicitud tarifaria presentada por la empresa REDNOVA S.A.S. E.S.P

A través del acto administrativo fue aprobado el cargo máximo base de comercialización de Gas Licuado de Petróleo, GLP, por redes de tubería para el Mercado Relevante conformado por los Centros Poblados El Marfil, Puerto Romero, Puerto Serviez y El Okal en el Municipio de Puerto Boyacá, en el Departamento de Boyacá, según solicitud tarifaria presentada por la empresa REDNOVA S.A.S E.S.P.

Fue aprobado el cargo de distribución por uso del sistema de distribución de Gas Licuado de Petróleo, GLP, por redes de tubería para el mercado relevante especial conformado por los Centros Poblados El Marfil, Puerto Romero, Puerto Serviez y El Okal en el Municipio de Puerto Boyacá, en el Departamento de Boyacá, según solicitud tarifaria presentada por la empresa REDNOVA S.A.S E.S.P, de acuerdo con las especificaciones de la parte resolutiva del documento publicado por la entidad.

Se trata de la Resolución 40209 del 24 de julio de 2020, emitida por el ministro de Hacienda y Crédito Público y el ministro de Minas y Energía, por la cual se extiende la medida de diferimiento de pago de los servicios públicos de energía eléctrica y gas combustible por redes, de que trata el artículo 3 del Decreto Legislativo 798 de 2020. Para la Sala, la medida adoptada en este acto

A través del acto administrativo queda establecido que, la tasa de descuento que regirá para la actividad de transporte de gas en la remuneración de los servicios de capacidad a través de cargos fijos, TKC, servicios de volumen a través de cargos variables, TKV y por servicios de transporte a través de ingreso regulado, TKIP será 10,85% en pesos colombianos y constantes antes de impuestos.