La Secretaría de Tránsito y Seguridad Vial de Barranquilla y la Oficina de Tránsito y Transporte de Magdalena solo podrán poner en funcionamiento las cámaras de fotodetección que se encuentran ubicadas en algunos puntos de sus jurisdicciones hasta que cumplan con las disposiciones técnicas establecidas por la normatividad vigente”.
De acuerdo con el comunicado de la Entidad “luego de exhaustivas visitas de inspección realizadas por la Superintendencia de Transporte a varias estaciones de pesaje del país, la Entidad abrió 11 investigaciones administrativas a concesionarios y operadores, ya que a partir de las evidencias recolectadas como los tiquetes de pesaje y demás documentación, se encontraron
“La Superintendencia de Transporte abrió investigación administrativa y formuló pliego de cargos en contra de CONCAY S.A., como concesionario del proyecto vial “Concesión Troncal del Tequendama” y, OPEINVIAS S.A.S. como operador del peaje “El Nuevo Salto del Tequendama”, presuntamente, por no permitir el paso sin pago de la máquina del Cuerpo de Bomberos
El comunicado añade que “la normatividad vigente establece que las empresas que presten el servicio público de transporte de carga deben tener habilitación por parte del Ministerio de Transporte y solo podrán hacerlo con vehículos registrados en el Runt y en el Registro Nacional de Carga-RNDC, debido a lo anterior, la Superintendencia de Transporte abrió investigación
El comunicado informa que “a partir del lunes 28 de febrero de 2022, comienza a operar la herramienta tecnológica “Sistema de Información Portuaria-Sipor”, implementada por la Superintendencia de Transporte para acompañar a las sociedades portuarias en la presentación de reportes diarios sobre su capacidad de almacenamiento de contenedores vacíos, con el fin de
Se anunció que, la Superintendencia de Transporte sancionó a las empresas de transporte Ant Cargo S.A.S., Y Transportes Sanchez Polo S.A. Sigla Tsp S.A. Operadores Logisticos, Así Como A Las Generadoras De Carga Camco S.A.S. Y Compañía Galletas Noel S.A.S., por efectuar pagos por debajo de los costos de operación establecidos en el Sistema de Costos Eficientes de Operación-SICETAC, en 40 manifiestos de carga.
“Las empresas investigadas llevaron a cabo un total de 833 operaciones con vehículos que, presuntamente, no cumplirían con la normatividad vigente, ya que se trata de automotores que no contaban con un certificado de cumplimiento de requisitos o con la aprobación del Ministerio de Transporte. En caso de ser encontradas responsables podrían ser sancionadas con multas de hasta 700 salarios mínimos legales mensuales vigentes”.