La Superintendencia de Industria y Comercio emitió concepto favorable de abogacía de la competencia sobre el proyecto de decreto que modifica el Decreto 1082 de 2015 para fortalecer la Compra Pública Sostenible. La entidad concluyó que la incorporación obligatoria de criterios ambientales y sociales en la contratación estatal, junto con nuevas reglas sobre la caución para impugnar el Registro Único de Proponentes (RUP), la verificación de inhabilidades, las cláusulas anticorrupción y las listas restrictivas internacionales, no restringe de manera indebida la libre competencia. Por el contrario, consideró que estas medidas promueven el desarrollo sostenible, la transparencia y la selección objetiva, siempre que los requisitos estén vinculados al objeto del contrato, sean proporcionales, no limiten injustificadamente la participación de oferentes y preserven la libre concurrencia y la pluralidad en los procesos de contratación pública.
La SIC mediante concepto de abogacía de la competencia, analizó el proyecto regulatorio del Ministerio de Transporte que establece las características técnicas de la infraestructura tecnológica para el Sistema de Control y Vigilancia en los Centros de Apoyo Logístico de Evaluación (CALE). Reconoce la necesidad de modernizar la supervisión del sector y fortalecer la seguridad vial, pero señala que algunos requisitos técnicos del proyecto podrían generar barreras de entrada al elevar costos y limitar la participación de nuevos proveedores tecnológicos, afectando la competencia. La SIC recomienda que el regulador justifique de manera más detallada la necesidad y proporción de estas exigencias, explore alternativas menos restrictivas y ajuste los plazos de implementación para garantizar un balance adecuado entre control estatal y dinámica competitiva en el mercado de tecnologías para los CALE.
La SIC emitió un concepto de abogacía de la competencia sobre el proyecto de decreto del Ministerio de Vivienda. El organismo técnico avaló las medidas regulatorias que buscan unificar el tope de la Vivienda de Interes Social (VIS) en 135 salarios mínimos, eliminando el régimen excepcional de 150 salarios mínimos en aglomeraciones urbanas. La SIC destacó como un avance clave para la transparencia que los precios de los inmuebles se tasen obligatoriamente en pesos colombianos desde la preventa y no en salarios mínimos , eliminando así la incertidumbre financiera para los hogares vulnerables. Adicionalmente, el ente asumirá facultades de inspección y vigilancia para asegurar la protección al consumidor.
La SIC emitió un concepto de abogacía de la competencia sobre el proyecto de resolución que regula los componentes sintéticos de mezcla (SBC) y combustibles de aviación semisintéticos. Aunque la autoridad determinó que los requisitos de habilitación previos son proporcionales a los riesgos técnicos del sector, objetó la restricción que limita la distribución de SBC exclusivamente a productores, refinadores y mayoristas autorizados. Al excluir de este acceso a agentes como distribuidores minoristas, la norma generaría un trato diferenciado injustificado. La entidad recomendó al Ministerio ajustar la regla bajo un criterio funcional, permitiendo la distribución a cualquier actor que certifique la capacidad técnica verificable para garantizar la calidad y seguridad del producto.
La SIC publicó un concepto de abogacía de la competencia respecto al proyecto de decreto liderado por la Unidad de Proyección Normativa y Estudios de Regulación Financiera (URF). El proyecto busca modificar el Decreto 2555 de 2010 para reglamentar el derecho gratuito de los usuarios a trasladar sus productos financieros entre entidades vigiladas. Aunque la SIC valoró positivamente la iniciativa por reducir costos y promover la libre competencia, recomendó profundizar las justificaciones técnicas, jurídicas y económicas del proyecto. Esto se debe a que la norma impone tratos diferenciados al incluir carteras de consumo, comercial e hipotecaria, pero excluye arbitrariamente productos de depósito, seguros, microcréditos y factoring.