con el fin de efectuar el control inmediato de legalidad previsto en el artículo 136 del CPACA, específicamente en lo que tiene que ver con la suspensión temporal de algunas actividades realizadas por la entidad.
El Consejo de Estado avoca conocimiento en única instancia, de la Resolución número 1294 del 14 de julio de 2020, “Por medio de la cual se levanta de manera parcial la suspensión de términos señalada por la Resolución No. 0784 del 17 de marzo de 2020, modificada por la Resolución 0876 del 1 º de abril de 2020 y se dictan otras disposiciones”, expedida por el Ministro de Trabajo,
con el fin de efectuar el control inmediato de legalidad previsto en el artículo 136 del CPACA, específicamente en lo que tiene que ver con la suspensión temporal de algunas actividades realizadas por la entidad.