A través del concepto, la CRA indicó que “si bien el municipio debe asegurar que se presten a sus habitantes, de manera eficiente, los servicios domiciliarios por medio de empresas de servicios públicos de carácter oficial, privado o mixto, quien sea el prestador de la actividad, será quien deba responder ante las disposiciones que establezcan las entidades regulatorias, ambientales, sanitarias o demás que corresponda”.