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“Corte recordó que EPS deben cubrir transporte entre municipios cuando autorizan que un servicio de salud sea prestado por fuera del municipio donde vive el usuario”

Escrito por  May 26, 2021

 “El derecho a la salud en los casos conocidos por la Corte, así como el de cualquier persona, cubre la garantía de integralidad, de manera que los servicios y tecnologías

requeridos deben ser proveídos de manera completa y en condiciones de oportunidad, eficiencia y calidad, para prevenir, paliar o curar la enfermedad”, concluyó el fallo.

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