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A través de concepto MinAmbiente se refirió a la autoridad competente para sancionar por incurrir en contaminación sonora

Escrito por  May 19, 2021

Respecto a las sanciones por exceso de ruido se encentran dos disposiciones una de carácter ambiental y una de carácter policivo, encaminadas hacia el control de la

contaminación sonora; sin embargo, hay que tener en cuenta que estas dos competencias no son excluyentes entre sí, de forma que tanto las autoridades ambientales, como las autoridades de policía tienen competencia para adoptar las medidas preventivas y sancionatorias que corresponda.

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