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SSPD: Entidades legalmente autorizadas para invertir en la construcción de plantas de tratamiento de aguas residuales

Escrito por  May 05, 2020

El régimen de los servicios públicos domiciliarios estimula la inversión de los particulares en los servicios públicos domiciliarios como una forma de intervención estatal y,

adicionalmente, impone a las entidades territoriales la obligación de apoyar con inversiones los servicios públicos. En ese sentido, y sin que existan disposiciones concretas sobre las inversiones en plantas de tratamiento, de manera general, los particulares, constituidos como personas jurídicas, y las entidades territoriales, se encuentran facultados para invertir en la infraestructura de los servicios públicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado, como las PTAR.

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