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Corte protegió los derechos de un joven, quien reclamaba el reconocimiento de una pensión de invalidez, debido a que en el 2019 sufrió un accidente que lo dejó en estado de cuadriplejia con una pérdida de capacidad laboral del 80.56%

Escrito por  May 13, 2021

“La Sala Quinta de Revisión, con ponencia de la magistrada Paola Andrea Meneses Mosquera, concluyó que, en aplicación del parágrafo 1 del artículo 1 de la Ley 860 de 2003, el joven contaba con más de 26 semanas cotizadas en el año inmediatamente anterior a la fecha de estructuración de la invalidez. Además, en aplicación de la Sentencia C-020 de 2015,

la regla del parágrafo en mención se aplica favorablemente a la población que tenga hasta 26 años, edad que el actor estaba por cumplir”. 

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