de los prestadores del servicio, así como su operación, reposición, adecuación, actualización o expansión. Por su parte, el mantenimiento de las instalaciones o acometidas domiciliarias, deberá ser atendido por el usuario o suscriptor del servicio, siendo su obligación mantenerlas en buen estado y asumir los costos que genere la reparación o reposición, tanto de las acometidas, como de los dispositivos de medición.