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MinTrabajo no es responsable para definir la existencia o no de la fuerza mayor para terminación de contratos

Escrito por  May 07, 2020

No corresponde al Ministerio del Trabajo definir la existencia o no de la fuerza mayor para la terminación de contratos, pues ello lleva consigo la valoración particular

de las condiciones de la empresa, el desarrollo de su objeto social y el impacto del COVID-19, valoraciones que son de la órbita exclusiva de los jueces.  Se precisa que, por vía administrativa este Ministerio no valora si existe o no fuerza mayor o caso fortuito. De esta manera lo indica el Manual del Inspector del Trabajo y Seguridad Social que indica en su página 241: “El Inspector de Trabajo y Seguridad Social deberá verificar las circunstancias de fuerza mayor o caso fortuito en los casos previstos en la ley. En el acta que se levante de la diligencia, el Inspector de Trabajo y Seguridad Social se limitará a describir lo que observe sobre los hechos objeto de la comprobación y a dejar las constancias que considere procedentes”

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