con excepción de los recursos del FONPET, debían ser reintegrados en su totalidad a la cuenta única del SGR a más tardar el 31 de diciembre de 2020.En tal sentido, los recursos reintegrados conservarán la fuente de su asignación inicial y serán incorporados a la entidad beneficiaria correspondiente, en la vigencia siguiente a través del decreto de cierre del SGR de la vigencia 2019-2020.