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Concepto del MinMinas sobre la prohibición de utilizar explosivos para el arranque de los minerales en las actividades de minería de subsistencia

Escrito por  May 04, 2021

El MinMinas dispuso que “el artículo 327 de la Ley 1955 de 2019, frente a los mineros de subsistencia, definidos por el Gobierno nacional,

inscritos ante el alcalde para desarrollar su actividad, dispuso en su literal e) que el alcalde se abstendrá de inscribir o cancelará la inscripción del minero de subsistencia, cuando utilice maquinaria, equipos mecanizados o explosivos para el arranque de los minerales.” 

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