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Modificadas disposiciones del manual general de servicios de FINAGRO

Escrito por  Sep 25, 2020

A través de una circular dirigida a los intermediaros financieros informa las siguientes modificaciones al Manual de Servicios de FINAGRO: se modifican los numerales 13, 15 y 19.2 del Capítulo Quinto del Título Primero, con el fin de habilitar el uso del servicio de transferencias electrónicas de ACH en los movimientos de la cartera de redescuento (desembolsos, pagos de vencimientos y novedades) para los intermediarios financieros que pueden realizar redescuento con FINAGRO y que no tienen acceso directo al sistema SEBRA del Banco de la República.

Se modifican los textos de los Contratos Marco para la realización de operaciones ante FINAGRO, tanto para los Intermediarios Financieros vigilados por la Superintendencia Financiera de Colombia como para los vigilados por la Superintendencia de Economía Solidaria, lo que hace necesario remplazar los Anexos I.I Opción A Contrato Marco vigilados Superfinanciera, I.I Opción B Contrato Marco vigilados Supersolidaria y Contrato Marco para la realización de Operaciones ante FINAGRO (Redescuento Individual y Global) por los Anexos denominados: Contrato Marco para la Realización de Operaciones ante FINAGRO por Entidades Vigiladas por la Superfinanciera y Contrato Marco para la Realización de Operaciones ante FINAGRO por Entidades Vigiladas por la Supersolidaria. Se modifica el Anexo Listado Producto Relacionado para incluir los códigos, 800001 Otros cultivos perennes para la producción de alimentos, 800002 Otras especies menores para la producción de alimentos y 800003 Cannabis medicinal e industrial. Se adjunta el Anexo mencionado a la presente Circular.

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Modificado por última vez en Viernes, 25 Septiembre 2020 11:07