A través de una circular dirigida a los intermediarios financieros se informa que, atendiendo a que las actividades expresamente prohibidas por el Decreto 1168 de 2020 no incluyen la realización de labores relacionadas con la ejecución de proyectos productivos financiados con recursos de fomento agropecuario y rural, se restablecen los plazos para la ejecución de los proyectos financiados con operaciones de crédito registradas en FINAGRO, ajustados temporalmente mediante la circular P-14 de 2020.