Se recuerda que, el artículo 6° de la Resolución 4 0072 de 2018, estableció: “La Comisión de Regulación de Energía y Gas, CREG, en un plazo máximo que se cumplirá el 15 de abril de 2020 establecerá las condiciones para la implementación de la Infraestructura de Medición Avanzada en la prestación del servicio público domiciliario de energía eléctrica en el Sistema lnterconectado Nacional (SIN), con el fin de dar cumplimiento a los objetivos estipulados en el artículo 4° de la presente Resolución y los principios y criterios de las leyes 142 y 43 de 1994. Para el caso de ZNI, la CREG establecerá dichas condiciones de implementación en un plazo que se cumplirá el 1 de junio de 2020.”