La medida aplicaría a los alimentos y bebidas nacionales o importados, que sean destinados al consumo humano; las personas naturales o jurídicas dedicadas a la fabricación, importación, envasado, transporte y comercialización de alimentos y bebidas destinadas al consumo humano; las actividades de inspección, vigilancia y control que ejerzan las autoridades sanitarias en los establecimientos donde se fabriquen, procesos, empaquen, transporten, importen y comercialicen alimentos y bebidas destinadas para el consumo humano en el territorio nacional y los comentarios serán recibidos hasta el 27 de junio de 2020.