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SSPD aclara dudas sobre el pago por el uso del suelo

Escrito por  Jun 23, 2020

De acuerdo con las Leyes 142 de 1994 y 1801 de 2016, todos los prestadores de servicios públicos domiciliarios, sin consideración a su naturaleza o composición social, están en la obligación de cumplir las normas sobre planeación urbana, circulación, transito, uso del espacio público y seguridad ciudadana, aspectos que deberán ser evaluados por cada municipio y distrito, según como se hayan ordenado en sus territorios.

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