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MinSalud: medidas para la afiliación a salud de las personas que se encuentren en centros de detención

Escrito por  Jun 19, 2020

A través del acto administrativo se adiciona el artículo 2.1.5.6 al Decreto 780 de 2016. Único Reglamentario del Sector Salud y Protección Social en lo que tiene que ver con la afiliación de las personas que se encuentren detenidas sin condena o cumpliendo medida de aseguramiento en centros de detención transitoria.

En este sentido, durante la vigencia de la emergencia del COVID 19, la afiliación de las personas que se encuentren detenidas sin condena o estén cumpliendo medida de aseguramiento en centros de detención transitoria como Unidades de Reacción Inmediata -URI, estaciones de policía u otra institución del Estado deberán tener en cuenta lo siguiente: la persona que se encuentre afiliada al Sistema General de Seguridad Social en Salud -SGSSS, o a un Régimen Especial o de Excepción en salud, mantendrá la afiliación a éste, así como aquellas a cargo de IINPEG y las personas que no se encuentren afiliadas al Sistema General de Seguridad Social en Salud y que no tengan capacidad de pago, serán afiliadas al Régimen Subsidiado. La afiliación se realizará mediante listado censal, que será elaborado por las entidades territoriales del orden municipal, distrital y los departamentos con zonas no municipalizadas, según sea el caso, con base en la información diaria que les entregue de manera coordinada, oportuna y completa la Policía Nacional y la Fiscalía General de la Nación.

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