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“El contratista no puede reclamar perjuicios por la inobservancia del contenido obligacional del contrato sin llevar a debate procesal el acto de liquidación unilateral del mismo”: Consejo de Estado

Escrito por  Mar 29, 2021

Para la Sala, “eta postura se explica porque el acto administrativo de liquidación unilateral contiene el balance final sobre la ejecución del contrato y determina, con la fuerza ejecutoria que le es propia, quién debe a quién, cuánto se debe y los conceptos que originan y componen la obligación resultante”. En ese sentido, “el análisis de la responsabilidad de la entidad contratante por el

incumplimiento de sus obligaciones no puede adelantarse al margen del balance de cuentas y de las obligaciones o saldos pendientes de pago que el acto de liquidación determina”.

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