como factores de riesgo para COVID - 19 de la Corporación Autónoma Regional de La Guajira (CORPOGUAJIRA), en cumplimiento a la Resolución No 666 de 2020 del Ministerio de Salud y se dictan otras disposiciones".
La Sala encontró que, a pesar que el acto adopta medidas que, en principio, podrían resultar fácticamente similares al Decreto Legislativo 491 de 28 de marzo de 2020, en el sentido de promover el trabajo en casa como medida para la protección laboral y de los contratistas, no bastan para que se satisfaga a plenitud el requisito legal consistente en que la medida objeto del control inmediato de legalidad constituya un desarrollo de dicho decreto durante los estados de excepción, no obstante que en el presente caso se hubiese cumplido con los otros dos presupuestos para que esta Corporación conociera del asunto como que el acto administrativo emanado de una autoridad del orden nacional tenga un contenido general y Sea dictado en ejercicio de la función administrativa.