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Consejo de Estado no avoca conocimiento de acto que prorroga suspensión de los términos en los trámites y actuaciones de Coljuegos

Escrito por  Sep 10, 2020

El Consejo de Estado no avoca conocimiento, en sede del control inmediato de legalidad de la Resolución No. 20201200010634 del 31 de julio de 2020, expedida por el presidente de la Empresa Industrial y Comercial del Estado Administradora del Monopolio Rentístico de Juegos de Suerte y Azar- COLJUEGOS, «Por la cual se prorroga la medida de suspensión de los términos en los trámites y actuaciones de Coljuegos, se reanudan los términos de algunas actuaciones, se confirma la prórroga de la suspensión de los contratos de concesión de juegos localizados y se dictan otras disposiciones.”

Lo anterior teniendo en cuenta que el acto no fue dictado en el marco temporal de vigencia de ninguno de los Estados de Emergencia Económica, Social y Ecológica además de su carácter extraordinario, en cuanto se activa con la declaratoria de cualquiera de los estados de excepción consagrados en los artículos 212 a 215 de la Constitución Política y se desactiva con su expiración, es decir, con el retorno a la normalidad institucional, teniendo en cuenta el desequilibrio de poderes que se produce durante su vigencia, lo cual justifica el reforzamiento de los controles judiciales existentes, tanto el de constitucionalidad de los decretos legislativos que los desarrollan -que se torna automático- a cargo de la Corte Constitucional, como el de legalidad de los actos administrativos que se expiden con fundamento en ellos -que deviene en inmediato-, en cabeza de la autoridad contencioso-administrativa.

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Modificado por última vez en Jueves, 10 Septiembre 2020 12:19