La Sala encontró que el acto tiene efectos jurídicos únicamente en relación con el Departamento de Nariño y el Instituto Departamental de Salud de Nariño. En efecto, se observa que el objeto de la citada resolución es la transferencia de unos ventiladores, a título gratuito, al Departamento de Nariño - Instituto Departamental de Salud de Nariño, ente territorial que, en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales, además de las obligaciones plasmadas en dicha resolución, deberá administrar y coordinar la entrega de los ventiladores transferidos a las instituciones prestadoras del servicio de salud e unidades de cuidados intensivos que requieran los mismos para atender las contingencias surgidas con ocasión de la pandemia del coronavirus.