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SDA adopta medidas de seguimiento a las emisiones contaminantes generadas de los vehículos de transporte público del SITP con ocasión al levantamiento de las restricciones de circulación

Escrito por  Jun 04, 2020

Adoptar medidas de seguimiento a las emisiones contaminantes de los vehículos de transporte público colectivo urbano de pasajeros en el componente provisional del SITP que se describen a continuación, con el fin de complementar el monitoreo de la calidad del aire de la ciudad durante la vigencia del estado de calamidad pública declarado como consecuencia de la pandemia por Coronavirus COVID-19, conforme a lo dispuesto en el artículo 13 del Decreto Distrital 126 de 2020.

Las empresas prestadoras del servicio de transporte público colectivo urbano de pasajeros que pertenezcan al componente provisional del SITP, que no tengan aprobado el Programa de Autorregulación Ambiental de que tratan las Resoluciones 1869 y 2823 de 2006, deberán registrar ante la Secretaría Distrital de Ambiente la información correspondiente a los datos generales de la empresa, de las rutas, de sus vehículos y de los operadores (conductores), dentro de los cinco (5) días calendario siguientes a la publicación del presente acto administrativo.

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