Mediante el Acuerdo N° 010 de 2019, mediante el cual se adoptó el reglamento para los Proyectos Integrales de Desarrollo Agropecuario y Rural con Enfoque Territorial – PIDAR. En dicho acuerdo se establecieron tres (3) parágrafos transitorios que en resumen señalan lo siguiente para los PIDAR que antes del primero (01) de enero de 2020, hayan sido remitidos o se encuentren en etapa de evaluación y calificación, en trámite de aprobación o en ejecución: su trámite continuará de conformidad con lo previsto en el Acuerdo 007 de 2016, a excepción de cuando la entidad o forma organizativa que presenta el proyecto manifieste por escrito que se acoge a las disposiciones previstas en el Acuerdo N° 010 de 2019 y por ende al reglamento. Sin embargo, dichos proyectos deberán dar cumplimiento a los requisitos previos al inicio de la ejecución y se regirán por las disposiciones relacionadas con los ajustes y liberaciones del Acuerdo N° 010 de 2019 y del reglamento.