Teniendo en cuenta que, el suministro de agua en bloque es un contrato que tiene por objeto la entrega de unos volúmenes de agua en un punto, bajo ciertas condiciones de calidad y precio al comprador, las partes deberían atenerse precisamente a lo dispuesto en el contrato correspondiente en relación con dichos elementos. Es por ello que, en la resolución CRA 353 de 2005, se estableció que el precio del servicio de agua en bloque se negociará libremente entre las partes, teniendo en cuenta los valores máximos establecidos en dicha resolución.