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CRA: El período de productividad de las medidas regulatorias transitorias para el pago diferido de las facturas de servicios públicos será aplicable al período de facturación siguiente a la finalización de la emergencia sanitaria

Escrito por  Jun 01, 2020

A través de la Resolución CRA 915 de 2020, modificada por la Resolución CRA 918 de 2020, se establecen las medidas regulatorias transitorias para el pago diferido de las facturas de los servicios públicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado y del servicio público de aseo, en el marco de la emergencia declarada por el Gobierno Nacional a causa del COVID-19.

En ese sentido, se entiende que el factor de productividad no será aplicable desde la entrada en vigencia de la Resolución CRA 912 de 2020, sino a partir del período de facturación siguiente a la finalización de la emergencia sanitaria por causa del COVID- 19, declarada mediante la Resolución 385 de 2020 del Ministerio de Salud y Protección Social o aquella que la modifique, adicione o sustituya.

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